Actualidad

Elecciones 2024: ya puedes consultar si eres vocal de mesa y tu local de votación

Por Mario Guarda / 6 de octubre de 2024 | 11:03
Elecciones de gobernador regional, consejeros regionales, alcaldes y concejales. Créditos: Archivo.
Conoce también cómo puedes excusarte en caso de no poder cumplir con este deber.
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 45 días

El próximo 26 y 27 de octubre, en las urnas, se elegirá a quienes se desempeñarán como gobernadores y consejeros regionales, alcaldes y concejales. 

Desde este 5 de octubre cada electora y elector puede conocer su mesa y local de votación en consulta.servel.cl. Al revisar podrá también saber si fue designado vocal de mesa.

A través de su campaña informativa, el Servicio Electoral ha realizado un llamado a todos los electores y electoras a revisar su mesa y local de votación en consulta.servel.cl. 

Servel destaca la importancia de verificar esta información, ya que el lugar de votación puede haber cambiado desde la última elección.  En la misma consulta de datos cada persona puede conocer los candidatos o candidatas de su región y comuna.

Vocales de mesa 

El presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle, se refirió a las novedades de la ley 21.693 con respecto a los vocales.

“Los vocales designados deberán ejercer su labor en dos procesos electorales consecutivos, incluidos plebiscitos, y no podrán ser reelectos durante un período de ocho años. Esto significa que solo los vocales que trabajaron en el plebiscito de diciembre de 2023 podrán ser designados nuevamente para las elecciones de octubre y, en caso de ser necesario, para una segunda votación en noviembre”, explicó. 

El bono por el ejercicio de esta función en las elecciones de octubre será de $28,432 por día, alcanzando un total cercano a los 60 mil pesos para quienes trabajen durante ambos días de votación.

Además, los vocales deberán concurrir el día viernes 25 a los locales de votación que les correspondan para constituir las mesas y aquellos que ejerzan por primera vez recibirán una capacitación y por asistir a ella percibirán una suma de 0,22 UF. 

Excusas y sanciones para vocales 

Los vocales que no puedan cumplir con su deber tienen la oportunidad de presentar excusas del 7 al 9 de octubre ante la Junta Electoral correspondiente. 

Sin embargo, es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones, incluidas multas que varían entre 2 a 8 UTM, es decir, entre $132.000 y $531.000. 

Las razones establecidas por ley para excusarse son: 

  • Estar ausente del país o radicado a una distancia de más de 300 kilómetros.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección.
  • Embarazadas.
  • Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad, circunstancia que deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial, mediante constancia en Carabineros de Chile, o por un certificado en que conste esta calidad.

 Asimismo, la calidad de persona cuidadora podrá ser acreditada mediante la presentación de la credencial de persona cuidadora o el documento que acredite la inscripción como tal en el registro dispuesto por el Ministerio de Desarrollo Social  

La persona cuidadora puede descargar desde su sesión del Registro Social de Hogares una copia de la credencial, la que puede ser validada a través de un código QR y en la que consta su run.

Andrés Tagle complementó que: “Si bien las mesas de sufragio son autónomas, desde Servel, hemos incluido en la cartilla de vocales un apartado de preferencia al momento de votar", allí se incluyen:  

  • Embarazadas
  • Adultos mayores de 70 años y
  • Personas con alguna discapacidad y personas calificadas como cuidadoras, lo que podrán acreditar con la exhibición de la Credencial Persona Cuidadora de forma física o digital, de modo que puedan retornar oportunamente a asistir a quienes están bajo su cuidado.

Esta información será traspasada igualmente a los Delegados de local con el fin de que sea tomada en cuenta al momento de designar a vocales reemplazantes el mismo día de la votación.  

Los vocales se pueden informar desde ya en las cartillas creadas, para ellos se encuentran publicadas acá

Voto obligatorio  

El voto es obligatorio. La no participación puede resultar en multas de 0,5 unidades tributarias mensuales, es decir, más de $33.000. Se vuelve además al uso del lápiz pasta azul y los electores pueden elegir qué día votar, ya sea el sábado 26 o el domingo 27 de octubre. 

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?